COMPLEMENTOS DE NÓMINA | ADMINISTRACIÓN DE NÓMINA

El 30 de septiembre de este 2016,  el SAT da a conocer un complemento del CFDI recibo de pago de nómina, para cumplir con lo que  dice el artículo 29 fracción VI del CFF. Posteriormente en la regla 2.7.1.8 y 2.7.5.3. de la Resolución Miscelánea 2016, el cual después está  previsto en la quinta modificación a la misma, en el artículo tercero transitorio.

          Donde su proveedor de software informático tendrá que realizar dichos cambios en su programa de nómina, surtiendo efectos a partir del 1 de enero de 2017. Por lo que se les recomienda a los contribuyentes estar muy atento a las actualizaciones de sus programas.Asimismo, los que utilizan la página del SAT en su apartado generación gratuita de CFDI, tendrán que esperar a que ésta sea actualizada, para cumplir con dichos cambios.

Aunque es un proyecto de manera anticipada, resaltan conceptos nuevos para lo que se denomina complemento de nómina, como son: banco, cuenta bancaria, total gravado y total exento entre otros. Dichos cambios no los hace el contribuyente directamente, si no su distribuidor de software de nómina, a lo que si deben estar atentos es a autorizar la actualización del mismo.

Por su parte el SAT, en su apartado de generación gratuita de factura de nómina, en este caso de recibos de nómina también tendrá que incluir dichos cambios, que como se indica estarán vigentes hasta el próximo año.

          Dichas modificaciones hacen más completo el timbrado de nómina, al recordar que la fracción X transitoria de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Contempla como se deben de presentar las declaraciones informativas y constancias establecidas a partir del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2016.

Se considera que para 2017 la declaración informativa anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario anexo 1 se derogará. El  principal beneficio es la eliminación de la DIM ya que era incongruente timbrar un recibo el cual mostraba todos los conceptos derivados de una relación laboral y además enviar la declaración informativa múltiple.

Finalmente la principal recomendación es estar alerta de las modificaciones que se realicen para no tener problemas con la autoridad fiscal.

Su implementación de mejoras el SAT ya las dividió en tres fases, donde el complemento de nómina abarca el primero. La segunda fase será para el complemento de exportaciones de pedimentos A1 como lo dio a conocer el 28 de octubre. Entrando en vigor el 01 de marzo de 2017. En la tercera fase se actualizará la factura electrónica en el tema de recepción de pagos.